De acuerdo a lo establecido en el Artículo 6º, Decreto N° 87/2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones:
“Cada Consejo de Coordinación Ciudad-Puerto estará compuesto por los siguientes integrantes:
a) Por el Intendente Regional, en su calidad de órgano ejecutivo del gobierno regional, o la persona que designe como su representante, quien ejercerá el cargo de Presidente.
b) El alcalde de la municipalidad respectiva, o la persona que designe como su representante.
c) El Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, o la persona que designe como su representante.
d) El Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas, o la persona que designe como su representante.
e) El gerente general de la empresa portuaria, o la persona que designe como su representante, quien ejercerá el cargo de Secretario Ejecutivo”.

Presidente CCCP Coquimbo

Secretario Ejecutivo CCCP Coquimbo

Integrante Permanente
CCCP Coquimbo

Integrante Permanente
CCCP Coquimbo

Integrante Permanente
CCCP Coquimbo

Integrante Permanente
CCCP Coquimbo
